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Documentación del centro
RRI

NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA

 

NORMAS

  • Respetar el horario establecido asistiendo con puntualidad y regularidad al centro.
  • Desplazarse por los pasillos sin alterar el orden.
  • Mantener el orden y la compostura en el aula y fuera de él.
  • Respetar el material.
  • Mantener una higiene correcta.
  • Mantener limpio el Centro.
  • Respeto mutuo entre todas las personas del centro, adultos y alumnos / as.
  • Seguimiento de las orientaciones indicadas por las personas encargadas.
  • El RD 732/1935 de 5 de Mayo 1995 (ROC) es de aplicación en este centro. La comisión de convivencia estudiará las adaptaciones necesarias, debido al tipo de alumnos

SANCIONES

No habrá sanciones imputables a la responsabilidad de los alumnos, si a las que dependan de sus padres. Entre otras, podrán ser sancionadas:

  • Las ausencias o retrasos continuados de alumnos no justificados.
  • Los retrasos continuados que dificulten el buen funcionamiento del transporte.
  • Las conductas disruptivas durante el periodo de transporte.
  • La falta de colaboración de la familia o el no-seguimiento continuado de recomendaciones. (Higiene, médicas, alimentación...)

Las sanciones serán propuestas por la Comisión oportuna.

 MEDIDAS CORRECTORAS

  • Las medidas correctoras en actividades escolares,  extraescolares y complementarias, las llevará a cabo el responsable directo que en ese momento esté con el alumno/a.
  • El procedimiento para paliar conductas será el habitual en E.E. el tutor/a elabora las pautas a seguir con el alumno/a después de consultar con los profesionales implicados.
  • Cuando el equipo de trabajo o la comisión de convivencia considere que el alumno/a presenta un comportamiento que ponga en serio peligro su integridad física o la de otros se estudiarán los procedimientos para que el alumno/a esté tratado correctamente a nivel médico y psicológico, siendo obligatoria la colaboración de la familia para ello.
  • Se podrá recomendar la permanencia en casa con las pautas establecidas anteriormente
  • No se podrá expulsar a alumnos de un aula sin ponerlos al cuidado de otra persona.
  • Se anexa documento que se entrega a las familias sobre normas de convivencia del centro.

 

DERECHOS Y DEBERES DE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD

 

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

Derechos de los alumnos

Es derecho del alumno nuevo la incorporación con dictamen del EOEP remitido por Inspección

  • A una formación para el pleno desarrollo de su personalidad, ajustándose a la ley.
  • A una jornada de trabajo según su edad y a la planificación equilibrada de actividades.
  • A la no-discriminación por nacimiento, raza, sexo, situación económico social; discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas; o cualquier otra condición personal.
  • A medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva de oportunidades.
  • A la realización de un programa educativo qué favorezca la integración.
  • A recibir orientación escolar y el desarrollo personal y social, según capacidades.
  • A que su actividad se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
  • A su integridad física y dignidad personal, y a no ser objeto de tratos vejatorios.
  • A ayuda en caso de accidentes / enfermedad duradera ( orientación, material didáctico, etc.) para que no decaiga su rendimiento

De no respetarse los derechos del alumno, el órgano competente adoptará las medidas que procedan, con audiencia dé los interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar.

 

Deberes de los alumnos

Dadas las características de los alumnos estos recaerán sobre sus responsables.

  • Asistir a clase con puntualidad y regularidad.
  • Cumplir los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.  
  • Seguir las orientaciones de los profesionales y mostrar el debido respeto a todos los miembros de la comunidad educativa.
  • Cuidar y utilizar correctamente el mobiliario e instalaciones del centro.
  • Cuidar y utilizar correctamente su material personal.
  • Participar en las actividades del centro.
  • Asistir a todas las actividades en condiciones de higiene y salud aceptables.

 

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/MADRES Y TUTORES

Derechos de los padres/madres/tutores

  • A intervenir en el funcionamiento, gestión y coordinación, a través de sus representantes en el Consejo Escolar.
  • A elegir sus representantes en dichos Órganos.
  • En cumplimiento del TITULO VI, Art. 55 (R.D.1S33/1.986, de 11 de julio), en el centro podrán existir una o más Asociaciones de padres y madres de alumnos que podrán:

                        -Elevar al C. Escolar propuestas para el Proyecto Educativo y la PGA.

                        -Informar al C. Escolar de aspectos del centro que consideren oportuno.

                        -Informar a los padres de su actividad.

  • Recibir información del C Escolar sobre temas tratados, así como recibir el orden del día antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
  • Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste.
  • Valorar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior.
  • Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.
  • Conocer la evaluación que de las mismas realice el Consejo Escolar.
  • Conocer el Proyecto Educativo del Centro.  
  • Fomentar la colaboración padres-profesionales.
  • Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.
  • Podrán colaborar en actividades extraescolares, asociados o no, como voluntariado.
  • A exigir por los cauces oportunos que se cumplan los derechos de sus hijos.
  • A informarse sobre la actividad de sus hijos / as por cauce reglamentario.
  • A conocer lo relacionado con la tutoría de su hijo, sin interferir la actividad pedagógica.
  • A colaborar en la fijación de objetivos generales de Centro, a través de sus representantes.
  • A expresar su pensamiento, ideas y opiniones.
  • La orientación para el desarrollo de sus hijos por parte de los profesionales.

 

Deberes de los padres/madres/tutores

  • Dadas las características de los alumnos asumirán el cumplimiento de los deberes de estos.
  • Deben seguir las instrucciones que se les aconsejen por parte de los profesionales.
  • Deben de respetar y cumplir los apartados qué les incumban de éste RRI.
  • De estar al corriente de la problemática de sus hijos / as.
  • Enviar a sus hijos con puntualidad, en perfecto estado dé aseo, de salud y con el material necesario.
  • Justificar las faltas de asistencia al profesor cada vez que se produzcan.
  • Asistir a las reuniones de padres / madres, cada vez que sean convocados / as.
  • De cooperar con los profesionales, pues son responsables de la formación de sus hijos/as.
  • Los padres que traen sus hijos al aula de  estimulación, deben respetar las horas y días asignados. Cuando no asistan al aula por motivos sin justificar el equipo directivo informará al EOEP y a la 3ª falta sin justificar se le dará de baja en el aula.
  • Deben traer los informes médicos que afecten al entorno escolar.

 

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES

Los derechos y deberes de profesionales están regulados en leyes y convenios reguladores:

  • Docentes: Ley de la función pública. Leyes y desarrollos de la Administración educativa.
  • Personal Laboral: Convenio regulador de personal laboral.
  • Interinos y contratados: Los de los anteriores correspondientes a su puesto de trabajo; y para todos los anteriores Estatuto de los trabajadores.

Derechos

  • Intervenir en las decisiones mediante sus representantes en los órganos colegiados
  • A expresar su pensamiento, ideas y opiniones
  • Tienen libertad de cátedra. Su ejercido se orienta a conseguir los fines educativos según los principios de la Constitución, PEC y normas de la Consejería. de Educación.
  • Derecho de reunión cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.
  • Tiene derecho a ser respetado en su dignidad personal, no sufriendo tratos humillantes por parte de ningún miembro de Comunidad Educativa.
  • Tiene derecho a colaborar en la fijación de los objetivos del Centro.
  • Tiene derecho a seguir formándose en su campo profesional
  • A ser respetada su conciencia cívica, moral, social, política y religiosa.
  • Tiene derecho a intervenir en el control y gestión del Centro.
  • Tiene derecho a solicitar convocatorias dé reuniones informativas.
  • Tiene derecho a participar en la organización de actividades extraescolares.
  • Tiene derecho a elegir a sus representantes en el Consejo Escolar.

Deberes

  • Debe estar abierto a una crítica constructiva y respetuosa.
  • Debe cumplir su horario laboral con puntualidad.
  • Tiene obligación de respetar al alumno/a y las normas del Centro.
  • Tiene obligación de comprometerse en el proceso educativo-formativo del alumno/a.
  • Debe actuar en una línea conjunta con sus compañeros, a nivel pedagógico-educativo.
  • Velarán solidariamente por el mantenimiento del orden.
  • La asistencia y participación en los órganos escolares, es obligatoria.
  • De colaborar para establecer los cauces precisos para el buen funcionamiento del Centro.
  • De facilitar las entrevistas con padres / madres sin que interfiera en sus labores.
Enlaces Institucionales
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